La patronal local son las autoridades de la universidad encabezada por su Rector

La lista Dignidad opina que: la patronal local son las autoridades de la universidad encabezada por su Rector y la patronal nacional es el Consejo Inteuniversitario Nacional CIN. Nuestra afirmación se justifica:

1) Por respeto a la legislación vigente y a nuestro propio Estatuto
Porque la identidad de la patronal no puede estar sujeta a interpretaciones ideológica y/o políticas o a la decisión de mayorías circunstanciales, sino que como organización gremial legalmente constituida para representar a los trabajadores debemos ajustarnos a esa misma legalidad que fija de manera absoluta, inobjetable y univoca que las autoridades de las UUNN constituyen la patronal local y el CIN la patronal nacional.
Porque la ley 14250 que nos rige establece el régimen jurídico de las Convenciones Colectivas de Trabajo y determina a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social quien es la patronal cuya identificación no queda sujeta al parecer de la conducción gremial ni la contraparte empleadora.
Porque negarlo no solo sería violar la legislación laboral vigente sino también violentar nuestro propio Estatuto que en su articulo 3 expresa:
Artículo 3º: Tendrá como zona de actuación el ámbito de la Universidad Nacional de San Luis, constituyendo una asociación gremial, social y legal con carácter permanente para defender los intereses de los trabajadores, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Porque al violar nuestro propio Estatuto no cumpliendo con las disposiciones legales vigentes, tampoco cumplimos con la primer obligación que tenemos como afiliados, ya tal cual expresa el mismo en su Articulo 18:
Artículo18º: Son obligaciones de los afiliados:
a) conocer, respetar, cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, los reglamentos que se dicten, como así también las resoluciones de la Asamblea, del Cuerpo de Delegados y/o de la Comisión Directiva.
2) Por las implicancias que tiene manejarse fuera del estado de derecho
Porque nuestro accionar como organización gremial debe encuadrarse en el estado de derecho que es lo único que le da validez legal y legitimidad republicana.
Porque la ley 23551/88 de Asociaciones Sindicales que nos rige como organización expresa
TITULO PRELIMINAR -- De la tutela de la libertad sindical
Art. 1º -- La libertad sindical será garantizada por todas las normas que se refieren a la organización y acción de las asociaciones sindicales.Art. 2º -- Las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores se regirán por esta ley.
Porque el propio Estatuto limita la validez de nuestras decisiones al respeto de la legislación vigente ya que en su Articulo 60 expresa
Artículo 60º: Las resoluciones de las asambleas serán decisivas y sus actos soberanos, siempre que no sean contrarias a este estatuto, a leyes, decretos u ordenanzas de las autoridades nacionales, provinciales y municipales del lugar de jurisdicción de la asociación, pues en este caso carecerán de valor.
Porque si esta limitación alcanza al máximo órgano de gobierno también nos alcanza como Comisión Directiva como órgano de menor nivel. Por lo tanto cualquier decisión que implique desconocer la patronal que la legislación establece carecerá de validez estatutaria.
Porque el propio Estatuto establece que nuestras decisiones solo serán validas si se ajustan al estado de derecho.
Porque la legislación laboral vigente (ley 23551 y ley 14250) establece los limites de nuestro desempeño fuera de los cuales no son amparados nuestros derechos y garantías como organización gremial y como trabajadores.
3) Por el accionar de la propia patronal
Porque las autoridades de la UNSL han ejercido y ejercen en toda instancia en que lo consideraron necesario las atribuciones y derechos que como patronal local le otorga la legislación vigente.
Porque el CIN ha ejercido y ejerce en toda instancia en que lo consideró necesario las atribuciones y derechos que como patronal nacional le otorga la legislación vigente.
Porque el Consejo Superior de la UNSL por unanimidad reconoció el carácter de patronal nacional del CIN instruyéndolo sobre los temas a incorporar en la discusión del Convenio Colectivo de Trabajo con nuestra representación gremial nacional.
Porque de acuerdo con estas evidencias, confundir a los trabajadores negando la identidad de una patronal que se asume y ejerce como tal, es atentar contra sus derechos y faltar a nuestros deberes y objetivos como organización sindical.
4) Por coherencia y seriedad
Porque sería incoherente y poco serio asistir a la mesa de negociación paritaria local convocada por la Delegación del Ministerio de Trabajo en la que la contraparte empleadora son las autoridades de la UNSL desconociendo al mismo tiempo que son la patronal.
Porque sería incoherente y poco serio asistir a la mesa de negociación paritaria nacional para discutir nuestro convenio Colectivo de Trabajo en la que la contraparte empleadora es CIN desconociendo al mismo tiempo que sea la patronal nacional.
5) Por nuestra responsabilidad en el asesoramiento jurídico de los trabajadores
Porque de acuerdo con el Articulo 17 en su inciso c)
Artículo17º: Son derechos de los afiliados
c) ser defendido en el ámbito gremial y/o jurídico;

Porque es nuestra obligación como Comisión Directiva velar por ese derecho y no lo haríamos si al momento de defenderlo gremial y/o jurídicamente lo inducimos a pensar que sus exigencias y/o accionar legal deben dirigirse a otra patronal que no sean las autoridades de la UNSL.

PEDIDO DE PUBLICACIÓN 04-05-09

¿La oferta del 15.5 % fue o no aceptada por la mayoría de los agremiados?
¿Son realmente democráticas las decisiones tomadas en Plenarios de Secretarios Generales?
Aún cuando los afiliados de nuestra asociación de base (ADU San Luis), incluidos los integrantes de esta lista, consideramos insuficiente la oferta salarial, es necesario aclarar algunos conceptos:
Nuestro Secretario General Diego Costa en su último mail (30/04/09) afirma que: “Efectivamente, de las 34 asociaciones, en la 2da reunión, sólo 9 apoyaron la firma del acta, aceptando la oferta del gobierno nacional. Y el acuerdo se firmó igual, con algunas modificaciones respecto a la 1er reunión”.
¿Que significa esto? De acuerdo a la información brindada por el secretario general y los innumerables mensajes distribuidos en la lista se podría deducir que quienes aceptaron la propuesta representan una minoría no representativa corrupta poco democrática y oficialista, aceptando una propuesta que la mayoría de las bases rechazaba.
Pero repasando la información tenemos que: El día 24/04/09 se llevó a cabo el plenario de Secretarios Generales de CONADU para decidir la aceptación o no de la oferta del gobierno. La postura de aceptar ganó 8 a 4 (según se desprende de lo informado por Diego Costa en el mail del 27/04/09).
El día 28/04/09 se llevó a cabo la reunión entre la CPU, el CIN y las Federaciones. En ella participaron CONADU (33,74%), FEDUM (18,38%), FAGDUT (11,98%), UDA (0,56%), CTERA (2,7%) y CONADUH (32,47%) (los porcentajes que figuran son la representatividad de acuerdo al numero de afiliados de cada Federación). En esa primera reunión aceptaron el acuerdo todas las Federaciones, excepto CONADUH, que recibió la propuesta y pidió una segunda reunión, para contestar la misma. Es decir se firmó el acta con amplia mayoría (67.53%).
Finalmente, el día 30/04/09 la CONADUH aceptó el acuerdo (sin modificar el monto de la propuesta aceptada) por mandato de su plenario de secretarios generales (12 a 4 de las asociaciones presentes, los gremios de La Pampa y La Rioja transmitieron su adhesión a la postura de aceptar el ofrecimiento salarial, disculpándose por no poder asistir al Plenario).
Con esto queda claro que la aceptación de la oferta fue por amplísima mayoría y fue tomada democráticamente en cada federación.
Es claro el significado de esto: Informar confusa y parcialmente los hechos es tergiversar la verdad con fines reñidos con la honestidad intelectual.
Por lo tanto la única conclusión posible es que no se informan todos los hechos ocurridos.
No es la primera vez que esto ocurre respecto a la forma y resultados de las votaciones en nuestra lucha gremial.
Por respeto a todos es necesario informar la totalidad de los hechos.

LISTA DIGNIDAD DOCENTE
(INDEPENDENCIA – RESPETO – HONESTIDAD)

PEDIDO DE PUBLICACIÓN 20-04-09

Ante la publicación de un documento de CONADUH (histórica), con la firma de su Secretaria General, Claudia Baigorria, donde se efectúan afirmaciones, que luego debieron ser desmentidas en comunicado difundido por el Secretario General de ADU
Diego Costa, entendemos que:
1) Afirmaciones como la vertida por CONADUH (histórica) con la firma de su Secretaria General donde se expresa: “Asimismo, se presentaron representantes de las Comisiones Directivas de las Asociaciones Docentes Universitarias de Córdoba y San Luis (ambas pertenecientes a CONADU), quienes fueron habilitados por el voto unánime del Congreso a pronunciar unas palabras, ocasión en la que anunciaron en su nombre y en el de las Asociaciones Docentes Universitarias de Río IV y Rosario su decisión de sumarse a las medidas que resuelva este Congreso ante la pasividad de la conducción de De Feo y Sanllorenti ”, difícilmente pueden ser atribuidas a un error de “interpretación” de la postura de representantes de ADU que asistieron a ese Congreso, mas aun si Claudia Baigorria no aclara públicamente lo que ha firmado.
2) En ese documento se invocan mandatos que nunca se otorgaron y se adjudican a la representación de ADU, acusaciones infundadas a nuestra conducción nacional
3) Lamentablemente lo publicado implica a todos los afiliados de ADU y en particular compromete a su Secretario General Diego Costa, porque, a pesar de su comunicado desmintiendo lo expresado por la CONADUH (histórica), hasta que la Secretaria General no de las explicaciones publicas correspondientes, no es posible deslindar responsabilidades.
4) Lo actuado pone de manifiesto la duda sobre la honestidad intelectual de cierta dirigencia que con sus conductas opera a favor de la patronal y en contra de la unidad que tanto se proclama, o significa al menos una desprolijidad inexplicable, el hecho de que la Secretaria General de CONADUH (histórica), no verifica al momento de firmar y publicar nacionalmente el acta de un Congreso, si todos están de acuerdo con lo que allí se expresa
Por todo ello, en defensa de nuestra organización gremial de base ADU, por respeto a la conducción nacional de la Federación a la que pertenecemos CONADU y sobre todo para despejar cualquier duda sobre la honestidad y la conducta gremial de nuestro Secretario General hemos enviado la siguiente solicitud a la Secretaria General de CONADUH (histórica) Claudia Baigorria


LISTA DIGNIDAD DOCENTE
(INDEPENDENCIA – RESPETO – HONESTIDAD)


Los abajo firmantes docentes de la UNSL afiliados a ADU organización de base de
CONADU, nos dirigimos a la Sra. Secretaria de CONADU (Histórica) Claudia Baigorria para manifestar nuestra profunda preocupación por las afirmaciones, que con su firma, aparecen en el comunicado "RESOLUCIONES DEL CONGRESO EXTRAORDINARIO DE CONADU HISTÓRICA-CTA Ciudad de Buenos Aires, 27 y 28 de Marzo de 2009."
Según sus afirmaciones, e invocando un supuesto mandato de organizaciones de base de CONADU, el documento expresa: “ Asimismo, se presentaron representantes de las Comisiones Directivas de las Asociaciones Docentes Universitarias de Córdoba y San Luis (ambas pertenecientes a CONADU), quienes fueron habilitados por el voto unánime del Congreso a pronunciar unas palabras, ocasión en la que anunciaron en su nombre y en el de las Asociaciones Docentes Universitarias de Río IV y Rosario su decisión de sumarse a las medidas que resuelva este Congreso ante la pasividad de la conducción de De Feo y Sanllorenti ”
Desde ya queda claro que jamás nuestra organización de base dio mandato alguno que convalide lo supuestamente actuado y que jamás representantes de organizaciones de base de CONADU podrían cometer el desatino sindical y la deslealtad orgánica de criticar a la conducción nacional, que reconocen y de la que forman parte, en el ámbito de un congreso de otra organización a la cual no pertenecen.
Es deshonesto o al menos desprolijo, invocar falsamente a una supuesta representación de las bases de organizaciones de CONADU para denostar a la propia conducción de nuestra Federación, que además toma sus decisiones democráticamente; ya que lo actuado en el plan de lucha que se califica como "pasividad de la conducción de De Feo y Sanllorenti." en las personas de nuestro Secretario General y Adjunto, es lo que han resuelto mayoritariamente sus cuerpos orgánicos.
Es deshonesto o al menos desprolijo comprometer en esta situación a nuestro Secretario
General Diego Costa, que se ha visto en la necesidad de hacer publica su desmentida a lo que la Secretaria General de CONADU (Histórica) Claudia Baigorria afirma en el documento que lleva su firma.
Aunque somos concientes que pueden existir algunos compañeros docentes coaptados por la patronal local y/o nacional que consienten y alientan conductas de este tipo, no es nuestro caso.
Más aún, creemos que actitudes como esta no solo dañan la credibilidad de todos los dirigentes involucrados en este hecho lamentable, sino que además distan mucho de colaborar con la unidad gremial de los docentes que tanto se proclama, y se convierte en un acto claro servilismo a la patronal que se regodea con estas conductas.
POR ELLO SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARIA
GENERAL DE CONADU (HISTORICA) CLAUDIA BAIGORRIA QUE, COMO
CORRESPONDE, ACLARE, PÚBLICAMENTE Y POR LOS MISMOS MEDIOS,
QUE LO AFIRMADO EN EL DOCUMENTO "RESOLUCIONES DEL CONGRESO EXTRAORDINARIO DE CONADU HISTÓRICA-CTA Ciudad de Buenos Aires, 27 y 28 de Marzo de 2009" CON SU FIRMA, NO SE AJUSTA A LA VERDAD Y ENVIÉ COPIA DE DICHA ACLARACION A CONADU COMO FORMA DE CORREGIR LAS AGRESIONES GRATUITAS E INFUNDADAS A NUESTRA CONDUCCIÓN NACIONAL.

LISTA DIGNIDAD DOCENTE
(INDEPENDENCIA – RESPETO – HONESTIDAD)